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Esta página de preguntas
frecuentes se construye con las consultas reales que nos llegan
por email. Redactamos las preguntas recibidas de manera que tengan
interés general y las respondemos en esta sección.
Esperamos agregar nuevas preguntas cada día.
Última
actualización: 25 de agosto, 2009
¿Puede un médico titulado en el extranjero
homologar a la sección práctica del EUNACOM una práctica
o rotación realizada en una universidad o servicio de salud
chileno?
No. Una solicitud así podría ser considerada sólo
si el interesado hubiese realizado un internado completo e idéntico
al que realizan los estudiantes de la universidad chilena en cuestión
y esto sólo en el caso de que esa escuela de medicina se
encuentre acreditada. En el caso de prácticas en servicios
de salud, no se consideran homologables al EUNACOM-SP en ninguna
situación.
¿Puede exigirse a médicos titulados en el
extranjero que hayan revalidado su título antes de abril
2009, la rendición del Examen para postular a un programa
de postítulo?
La ley no exige a los revalidados antes de abril 2009 rendir el
Examen. En principio las universidades podrían exigirlo como
requisito para ingresar a sus programas, pero de momento que ASOFAMECh
no autorizará la inscripción al examenes a los profesionales
revalidados antes de esa fecha, el requisito no tendría sentido.
De manera que un médico titulado en el extranjero y revalidado
antes de abril 2009, no debe rendir el EUNACOM, ni puede rendirlo
voluntariamente.
¿El EMN es equivalente al EUNACOM?
El EMN es idéntico a la sección teórica
del EUNACOM, pero este último agrega además una sección
práctica, que el EMN no tenía.
¿Es efectivo que al aprobar el EUNACOM, un médico
titulado en el extranjero queda habilitado para ejercer la profesión
en Chile?
En efecto, de acuerdo a la ley 20.261, un médico
que aprueben el examen único nacional de conocimientos de
medicina,
habrán revalidado automáticamente su título
profesional de médico cirujano, sin necesitar cumplir ningún
otro requisito para este efecto
.¿Significa esto que el proceso de reválida
de la Universidad de Chile, o el proceso de reconocimiento de títulos
del Ministerio de Relaciones Exteriores (convenios bilaterales),
quedan anulados?
En absoluto. La nueva ley no invalida las vías anteriores
de habilitación profesional, que siguen vigentes. Es importante
tener claro, sin embargo, que las otras vías de habilitación
permiten ejercer en el país, pero no en cargos financiados
por el estado. Estos últimos requieren aprobar el EUNACOM.
De manera que un profesional que utilice las vías tradicionales
para revalidar su título deberá rendir además
el EUNACOM, si desea contratarse en esos cargos.
¿Cuáles son los contenidos a evaluar en la
sección práctica del EUNACOM?
El EUNACOM-SP evaluará habilidades clínicas mínimas
en las áreas de Medicina Interna, Pediatría, Cirugía
y Obstetricia-Ginecología, pero la pauta de evaluación
está en preparación. Esperamos publicarla durante
agosto 2009. Nadie será evaluado sin haber tenido conocimiento
de la pauta al menos 30 días antes del examen.
¿Cuáles son las modalidades de pago de la
inscripción al EUNACOM?
Por ahora el pago deberá efectuarse en pesos chilenos,
en la sede de ASOFAMECh en Santiago. Cualquier otra modalidad de
pago será informada durante la primera semana de agosto,
una vez abiertas las inscripciones.
¿Quienes están eximidos de pago en el EUNACOM?
Los únicos examinados que no pagan la inscripción
al Examen son los recién egresados de escuelas pertenecientes
a ASOFAMECh, ya que su costo de inscripción ha sido asumido
por la cuota que la escuela paga en ASOFAMECh.
¿Es posible inscribirse al examen desde el extranjero?
¿Cuál es el procedimiento?
la intención de ASOFAMECh es permitir la inscripción
desde el extranjero, para lo cuál está estudiando
los aspectos administrativos y legales de ese procedimiento. Esperamos
informar los detalles durante los primeros 15 días de agosto.
¿Es posible pagar sólo la sección
teórica y pagar luego la práctica una vez aprobada
esta?
No. El examen debe pagarse de una sola vez. Aprobar la sección
teórica no es requisito para rendir la sección práctica,
ni deben rendirse las secciones en ese orden. El orden en que se
rindan dependerá de la disponibilidad de cupos de examen
práctico, de la fecha de inscripción y de las preferencias
del examinado (cuando sea posible satisfacerlas). Por otro lado,
si un examinado reprueba una sección y aprueba la otra, la
sección aprobada mantendrá su vigencia por un tiempo,
de manera que en la próxima inscripción, el interesado
no deberá volver a pagar por la sección aprobada,
si esta aun está vigente.
¿Puede rendir el EUNACOM-ST en diciembre 2009 un
interno que egrese después de esa fecha?
No. Con el EMN permitíamos esa excepción con permiso
del respectivo director de escuela. Pero la ley y el reglamento
no lo permiten. Sólo pueden rendir el EUNACOM-ST en diciembre
los internos que hayan completado íntegramente su formación.
ASOFAMECh lamenta que un cambio legal del que no es responsable
haya perjudicado a un grupo de internos que egresa con atraso, pero
no está en sus manos modificar ni la ley ni el reglamento.
En cuanto a la posibilidad de rendir el EUNACOM-ST dos veces al
año para minimizar el perjuicio es imposible de implementar
en tan breve plazo y tendría costos altísimos.
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