Preguntas frecuentes (FAQ)

 

Esta página de preguntas frecuentes se construye con las consultas reales que nos llegan por email. Redactamos las preguntas recibidas de manera que tengan interés general y las respondemos en esta sección. Esperamos agregar nuevas preguntas cada día.

Última actualización: 25 de agosto, 2009


¿Puede un médico titulado en el extranjero homologar a la sección práctica del EUNACOM una práctica o rotación realizada en una universidad o servicio de salud chileno?

No. Una solicitud así podría ser considerada sólo si el interesado hubiese realizado un internado completo e idéntico al que realizan los estudiantes de la universidad chilena en cuestión y esto sólo en el caso de que esa escuela de medicina se encuentre acreditada. En el caso de prácticas en servicios de salud, no se consideran homologables al EUNACOM-SP en ninguna situación.


¿Puede exigirse a médicos titulados en el extranjero que hayan revalidado su título antes de abril 2009, la rendición del Examen para postular a un programa de postítulo?

La ley no exige a los revalidados antes de abril 2009 rendir el Examen. En principio las universidades podrían exigirlo como requisito para ingresar a sus programas, pero de momento que ASOFAMECh no autorizará la inscripción al examenes a los profesionales revalidados antes de esa fecha, el requisito no tendría sentido. De manera que un médico titulado en el extranjero y revalidado antes de abril 2009, no debe rendir el EUNACOM, ni puede rendirlo voluntariamente.


¿El EMN es equivalente al EUNACOM?
El EMN es idéntico a la sección teórica del EUNACOM, pero este último agrega además una sección práctica, que el EMN no tenía.


¿Es efectivo que al aprobar el EUNACOM, un médico titulado en el extranjero queda habilitado para ejercer la profesión en Chile?
En efecto, de acuerdo a la ley 20.261, un médico que aprueben el examen único nacional de conocimientos de medicina,
habrán revalidado automáticamente su título profesional de médico cirujano, sin necesitar cumplir ningún otro requisito para este efecto


.¿Significa esto que el proceso de reválida de la Universidad de Chile, o el proceso de reconocimiento de títulos del Ministerio de Relaciones Exteriores (convenios bilaterales), quedan anulados?
En absoluto. La nueva ley no invalida las vías anteriores de habilitación profesional, que siguen vigentes. Es importante tener claro, sin embargo, que las otras vías de habilitación permiten ejercer en el país, pero no en cargos financiados por el estado. Estos últimos requieren aprobar el EUNACOM. De manera que un profesional que utilice las vías tradicionales para revalidar su título deberá rendir además el EUNACOM, si desea contratarse en esos cargos.


¿Cuáles son los contenidos a evaluar en la sección práctica del EUNACOM?
El EUNACOM-SP evaluará habilidades clínicas mínimas en las áreas de Medicina Interna, Pediatría, Cirugía y Obstetricia-Ginecología, pero la pauta de evaluación está en preparación. Esperamos publicarla durante agosto 2009. Nadie será evaluado sin haber tenido conocimiento de la pauta al menos 30 días antes del examen.


¿Cuáles son las modalidades de pago de la inscripción al EUNACOM?
Por ahora el pago deberá efectuarse en pesos chilenos, en la sede de ASOFAMECh en Santiago. Cualquier otra modalidad de pago será informada durante la primera semana de agosto, una vez abiertas las inscripciones.


¿Quienes están eximidos de pago en el EUNACOM?
Los únicos examinados que no pagan la inscripción al Examen son los recién egresados de escuelas pertenecientes a ASOFAMECh, ya que su costo de inscripción ha sido asumido por la cuota que la escuela paga en ASOFAMECh.


¿Es posible inscribirse al examen desde el extranjero? ¿Cuál es el procedimiento?
la intención de ASOFAMECh es permitir la inscripción desde el extranjero, para lo cuál está estudiando los aspectos administrativos y legales de ese procedimiento. Esperamos informar los detalles durante los primeros 15 días de agosto.


¿Es posible pagar sólo la sección teórica y pagar luego la práctica una vez aprobada esta?

No. El examen debe pagarse de una sola vez. Aprobar la sección teórica no es requisito para rendir la sección práctica, ni deben rendirse las secciones en ese orden. El orden en que se rindan dependerá de la disponibilidad de cupos de examen práctico, de la fecha de inscripción y de las preferencias del examinado (cuando sea posible satisfacerlas). Por otro lado, si un examinado reprueba una sección y aprueba la otra, la sección aprobada mantendrá su vigencia por un tiempo, de manera que en la próxima inscripción, el interesado no deberá volver a pagar por la sección aprobada, si esta aun está vigente.


¿Puede rendir el EUNACOM-ST en diciembre 2009 un interno que egrese después de esa fecha?

No. Con el EMN permitíamos esa excepción con permiso del respectivo director de escuela. Pero la ley y el reglamento no lo permiten. Sólo pueden rendir el EUNACOM-ST en diciembre los internos que hayan completado íntegramente su formación. ASOFAMECh lamenta que un cambio legal del que no es responsable haya perjudicado a un grupo de internos que egresa con atraso, pero no está en sus manos modificar ni la ley ni el reglamento. En cuanto a la posibilidad de rendir el EUNACOM-ST dos veces al año para minimizar el perjuicio es imposible de implementar en tan breve plazo y tendría costos altísimos.